Tribunal de Colombia ordenó la libertad de Álvaro Uribe 

El Tribunal Superior de Bogotá revocó la orden de detención inmediata contra Álvaro Uribe Vélez, tras considerar que la jueza actuó sin fundamentos objetivos. El expresidente seguirá en libertad mientras se define la apelación contra su condena por soborno y fraude procesal.

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá concedió una tutela a favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien había sido condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

El Tribunal dejó sin efecto la orden de detención inmediata emitida por la jueza Sandra Liliana Heredia el pasado 1 de agosto. En su fallo, los magistrados señalaron que se vulneró el derecho fundamental a la libertad individual del exmandatario, al ordenar su captura sin que existiera una condena en firme.

“Se ordena dejar sin efecto el numeral cuarto del fallo proferido por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, en cuanto ordenó la privación inmediata de libertad del ciudadano Álvaro Uribe Vélez, hasta tanto se resuelva el recurso de apelación”, precisa la decisión judicial.

Esto significa que Uribe podrá permanecer en libertad mientras el Tribunal evalúa el recurso de apelación interpuesto por su defensa, la cual busca anular o modificar el fallo condenatorio de primera instancia. El proceso aún está lejos de concluir.

La jueza Heredia justificó su decisión de ordenar la detención inmediata argumentando que se trataba de enviar un mensaje firme de justicia a la ciudadanía y que era una medida necesaria para preservar la convivencia pacífica. También advirtió del riesgo de fuga, dado el reconocimiento internacional y los medios con los que cuenta el exmandatario.

A pesar de reconocer que Uribe cumplió con todas las citaciones judiciales y participó activamente en el proceso, la jueza consideró que su perfil público podría facilitar su salida del país. Según dijo, la prisión domiciliaria evitaría el incumplimiento de la sanción.

El Tribunal, sin embargo, rechazó estos argumentos por considerar que se basaban en apreciaciones subjetivas y no en hechos probados. Recordó que el principio de libertad debe prevalecer mientras no exista una condena en firme, y que no puede limitarse con base en suposiciones.

En su fallo, los magistrados indicaron que la jueza actuó en contravía de principios constitucionales como el pro homine, el pro libertatis, y el de presunción de inocencia. También cuestionaron que se justificara la detención inmediata como un acto simbólico o ejemplarizante.

Para el Tribunal, la orden de captura fue desproporcionada y carente de fundamentación jurídica sólida. Consideró que ya se surtió la etapa probatoria del juicio, por lo que no hay riesgo de manipulación de pruebas ni de obstrucción a la justicia por parte del exmandatario.

“El análisis con el que se motivó la captura inmediata no obedeció a criterios de necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad”, concluyó el fallo, destacando que los argumentos utilizados fueron vagos, subjetivos o alejados de la realidad del proceso.

La defensa de Uribe, por su parte, celebró la decisión del Tribunal y reiteró su confianza en que la apelación será resuelta favorablemente. Reafirmaron que el expresidente ha actuado con respeto a la ley y sin intención de evadir sus responsabilidades judiciales.

El futuro judicial de Álvaro Uribe aún está en manos del mismo Tribunal que ahora lo ha dejado en libertad provisional. Su condena no ha sido anulada, pero sí suspendida en sus efectos inmediatos hasta que se resuelva la apelación.