La Justicia argentina suspende temporalmente el decreto de Javier Milei que limitaba el derecho a huelga

La jueza Moira Fullana consideró que el artículo 3 del decreto 340/2025 podría vulnerar garantías constitucionales y ordenó su suspensión hasta una sentencia definitiva.

La Justicia argentina ha suspendido de forma provisoria la aplicación del artículo 3 del decreto 340/2025, firmado por el presidente Javier Milei el mes pasado. La medida cautelar fue solicitada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y dictada por la jueza Moira Fullana del Juzgado Nacional del Trabajo N°3.

El artículo en cuestión obligaba a garantizar entre un 50% y un 75% de las prestaciones habituales en sectores sensibles durante conflictos gremiales. La jueza consideró que su aplicación podría vulnerar derechos fundamentales como la libertad sindical y el derecho a huelga, establecidos en la Constitución y en convenios internacionales suscritos por Argentina.

Fullana advirtió que la implementación de la norma podría generar “un perjuicio de imposible reparación ulterior”. Por lo tanto, ordenó la suspensión de su aplicación hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.

Esta decisión se produce a diez días de la presentación de un recurso de amparo por parte de ATE, que cuestionó la constitucionalidad del decreto y denunció un “intento de proscribir el derecho de huelga” por parte del Ejecutivo. El secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, afirmó que “el derecho de huelga es nuestro derecho más importante. Si nos lo quitan, a los trabajadores no nos queda nada”.

El decreto 340/2025 modifica la regulación laboral vigente al ampliar la cantidad de servicios considerados esenciales y crear una categoría llamada “actividades o servicios de importancia trascendental”. Se sumaron a la lista de los servicios esenciales todas las ramas del transporte marítimo y fluvial, los servicios aduaneros, migratorios y la educación en todos sus niveles.

Bajo la categoría de “actividades trascendentales”, el decreto incluye la producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios, el transporte terrestre y subterráneo, la radio y televisión, las actividades industriales, la industria alimenticia, la producción y distribución de materiales de construcción, todos los servicios aeroportuarios, los servicios logísticos, la actividad minera, la actividad frigorífica, el correo y la distribución y comercialización de alimentos y bebidas, entre otros.

La medida, originalmente incluida en un extenso decreto de desregulación general de la economía firmado por Milei poco después de su asunción en diciembre de 2023, ya había sido declarada anticonstitucional por la Justicia argentina en ese entonces. El gobierno había apelado esa decisión, pero ahora enfrenta un nuevo revés judicial.

El fallo de la jueza Fullana reafirma la competencia del fuero laboral para tratar el caso, desestimando el intento del gobierno de trasladarlo al fuero contencioso administrativo. La resolución también destaca la importancia de proteger los derechos laborales fundamentales y garantizar el equilibrio entre las necesidades del Estado y los derechos de los trabajadores.

La suspensión provisional del artículo 3 del decreto 340/2025 representa un avance para los sectores sindicales que han cuestionado las reformas impulsadas por el gobierno de Milei. Sin embargo, la batalla legal continúa, y se espera que el caso sea elevado a instancias superiores para una resolución definitiva.

Mientras tanto, el gobierno ha expresado su intención de apelar la decisión judicial y defender la constitucionalidad del decreto. El presidente Milei sostiene que las reformas son necesarias para modernizar la economía y mejorar la competitividad del país.

La controversia en torno al decreto 340/2025 refleja la tensión entre las políticas de desregulación económica impulsadas por el gobierno y la defensa de los derechos laborales por parte de los sindicatos y organizaciones sociales. Este conflicto pone de manifiesto las dificultades para encontrar un equilibrio entre el crecimiento económico y la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores en Argentina.

La resolución del caso tendrá implicaciones significativas para el futuro de las relaciones laborales en el país y para la legitimidad de las reformas económicas implementadas por el gobierno de Javier Milei.

La suspensión provisional del artículo 3 del decreto 340/2025 por parte de la Justicia argentina representa un freno temporal a las reformas laborales impulsadas por el presidente Milei. La decisión subraya la importancia de respetar los derechos fundamentales de los trabajadores y el papel del poder judicial en la protección de la Constitución y los convenios internacionales suscritos por el país.