Exgerente de Canal 9 condenado a 10 años por acoso y coacción sexual a trabajadoras de prensa

El Tribunal de Sentencias condenó por unanimidad a Carlos Javier Granada Fernández, exgerente del Grupo Albavisión, a 10 años de prisión por coacción, coacción sexual y acoso sexual a periodistas bajo su supervisión. La Corte Suprema de Justicia rechazó además su intento de frenar la causa mediante acción de inconstitucionalidad.

El Tribunal de Sentencias, presidido por la jueza Laura Ocampo e integrado por Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza, dictó este miércoles la condena de 10 años de prisión para Carlos Javier Granada Fernández por los delitos de coacción, coacción sexual y acoso sexual.

Durante el juicio oral y público, que duró más de seis meses, los jueces consideraron que la autoría y los hechos punibles habían quedado suficientemente probados. Asimismo, se revocaron todas las medidas alternativas y se ordenó prisión preventiva.

El Ministerio Público, representado por las fiscalas Claudia Aguilera, Nathalia Silva y Luz Guerrero, había solicitado la pena máxima por los ilícitos cometidos, respaldando la condena impuesta. La defensa de Granada, encabezada por el abogado Álvaro Arias Ayala, había solicitado la prescripción del delito de acoso sexual.

La jueza Cándida Fleitas explicó que Granada utilizaba una “actitud paternal” para ganarse la confianza de las periodistas jóvenes, prometiéndoles apoyo profesional antes de incurrir en acoso sexual y coacción física en su oficina dentro de Canal 9.

Los relatos de las víctimas incluyen intimidaciones, tocamientos no consentidos y, en algunos casos, actos de coito forzado. La magistrada subrayó que estos hechos se prolongaron por años, afectando a trabajadoras que dependían económicamente de su salario.

Fleitas destacó que las víctimas compartieron sentirse humilladas, algunas pensando incluso en el suicidio, y que Granada actuó de manera premeditada aprovechando su posición de poder en el medio.

Tras conocerse la condena, Granada intentó frenar el proceso a través de una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, la Sala Penal de la máxima autoridad judicial, integrada por los ministros César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander, rechazó la petición.

La causa comenzó en mayo de 2022, luego de que varias trabajadoras de prensa denunciaran los abusos ante el Ministerio Público. La imputación formal se realizó en agosto de ese año y Granada estuvo primero en prisión preventiva, luego bajo arresto domiciliario y finalmente en libertad ambulatoria.

Según la Fiscalía, el “modus operandi” de Granada consistía en identificar vulnerabilidades de sus víctimas, citar a las periodistas a reuniones privadas y aprovechar su posición de autoridad para cometer los abusos.

Los hechos ocurrieron desde 2016 hasta abril de 2022, momento en el que se registraron renuncias masivas de las trabajadoras afectadas. Las fiscales precisaron que Granada realizaba tocamientos indebidos en piernas, manos, glúteos y senos, llegando incluso a zonas genitales en varios casos.

En al menos dos situaciones documentadas, se produjo coito no consentido, según los alegatos finales del Ministerio Público. La investigación se basó en testimonios consistentes de las víctimas y en informes psicológicos del Centro de Atención a Víctimas.

La condena representa un fallo firme que busca resarcir a las trabajadoras afectadas y enviar un mensaje sobre la responsabilidad de quienes ocupan cargos de poder en medios de comunicación, subrayando la gravedad del abuso sexual y la coacción en entornos laborales.